NOBLES INSCRITOS
Además del Padrón de Asociados, la Real Asociación de Hidalgos de España elaborará un Padrón de Nobles de España que recoja, como mínimo, el nombre, calidad nobiliaria, prueba de nobleza y corporaciones nobiliarias a las que pertenece, de todas aquellas personas, de nacionalidad española, cuyas pruebas de nobleza sean informadas favorablemente por la Junta de Probanza y aprobadas por la Junta Directiva, así como de las personas que ostenten, con todos los requerimientos legales, un Título del Reino de España, cualquiera que fuese su nacionalidad.
En este Padrón de Nobles de España figurarán los asociados españoles de la Real Asociación de Hidalgos de España que hayan probado su nobleza de acuerdo con lo previsto en los presentes Estatutos.
En el Padrón de Nobles de España podrán figurar cualquier persona, de nacionalidad española, que lo solicite a la Real Asociación de Hidalgos de España, presentando las pruebas de nobleza y siguiendo el trámite de aprobación establecido para los nobles asociados en estos Estatutos. En estos casos, podrán establecerse acuerdos de convalidación de la prueba nobiliaria con otras corporaciones que garanticen el rigor en la revisión de dicha prueba y en la aplicación de la legislación y jurisprudencia nobiliaria, y en particular con aquellas a las que les es aplicable la Real Pragmática de Felipe IV, de 10 de febrero de 1623. También podrán ser inscritas como nobles aquellas personas que no siendo de nacionalidad española ostenten, con todos los requerimientos legales, un Título del Reino de España.
La inscripción en el Padrón de Nobles de España no genera ningún derecho ni obligación en la Real Asociación de Hidalgos de España, salvo el de participar, si lo desea, como representado por la Real Asociación de Hidalgos de España ante otras Instituciones Nobiliarias, y el derecho derivado de la legislación sobre protección de datos personales.
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